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🎯 #ImagenYLiderazgo | La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la sentencia civil contra el productor Luis de Llano por la relación que mantuvo con Sasha Sokol cuando ella era menor de edad. La Primera Sala, por unanimidad, negó el amparo solicitado por el productor, dejando firme la orden de reparación del daño, disculpa pública y medidas de no repetición. ¿Te gustaría saber por qué este fallo marca un precedente histórico?

El proyecto aprobado por el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo establece que, en casos de abuso sexual contra menores, no existe un límite de tiempo para que las víctimas demanden por la vía civil, sentando un nuevo criterio legal en México.

Luis de Llano había sido condenado por la Séptima Sala Civil del TSJCDMX a reparar el daño a Sasha Sokol, tras reconocer una relación iniciada cuando ella tenía 14 años y él 39. En su recurso legal, el productor alegó que los padres de la artista conocían la relación, y que la sentencia original fue modificada indebidamente.

La Corte, sin embargo, destacó la manipulación emocional como parte del “grooming”, una forma de abuso en la que el agresor gana la confianza de la víctima. Además, se subrayó que muchas veces la sociedad normaliza este tipo de relaciones, invisibilizando el daño.

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